Contrato personas extranjeras


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Para que un extranjero pueda desarrollarse en el campo laboral de nuestro país, es necesario que cuenten con la visa 12-VI de trabajo proporcionada por la Dirección General de Migración y de Extranjería. Esta visa tiene una validez máxima de dos años renovables.
Esta visa es otorgada a profesionales de alto nivel técnico, trabajadores especializados, Presidentes o Gerentes Generales y Apoderados.  También pueden obtener esta visa personas extranjeras que las empresas requieran para ejecutar labores temporales de su especialidad o con fines de entrenamiento industrial.  Estos ciudadanos extranjeros podrán obtener también esta visa para sus familiares más cercanos dentro del segundo grado de consanguinidad y primero se afinidad.
Los requisitos para la obtención de la visa 12-VI son:
  • Petición Escrita de la empresa
  • Formulario de solicitud de visa
  • Pasaporte con vigencia mínima de seis meses
  • Curriculum vitae u hoja de vida
  • Escritura de constitución de la compañía que lo requiere
  • Certificado actualizado del RUC del auspiciante
  • Certificado actualizado de cumplimiento de obligaciones Super. Cias.
  • Certificado actualizado de no tener obligaciones pendientes con el IESS
  • Nombramiento del Presidente, Gerente General o Apoderado
Además, se deberá presentar según el caso lo siguiente:
  • En caso de contrato de trabajo, la Autorización laboral emitida por el Ministerio de Relaciones Laborales y el contrato inscrito (legalizado).
  • En caso de nombramiento, sea de Presidente, Gerente, Apoderado deberá estar inscrito en el Registro Mercantil.
  • En caso de contrato civil de prestación de servicios profesionales, el contrato deberá estar inscrito el el Juzgado de lo Civil o Notaría y una copia del título debidamente apostillado y traducido al español de ser necesario.
  • En caso de Auspicio, debe presentar la carta original otorgada por la casa matriz, apostillada o legalizada y traducida al español de ser el caso.

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