A partir de junio el Servicio de Rentas Internas (SRI) puso a disposición de la ciudadanía un nuevo procedimiento para facilitar la devolución de valores por declaraciones duplicadas realizadas por los contribuyentes.
Este procedimiento se aplicará si se evidencia la recepción simultánea de más de una declaración por el mismo impuesto y período fiscal, si el contribuyente omitió incluir el valor pagado de la declaración original en el casillero de pago previo (en su declaración sustitutiva) o si existió un error al escoger la cuenta a debitar. Si uno de esos tres casos ocurre, el contribuyente tiene dos opciones:
1. Si realizó su declaración y pago de impuestos a través de débito a la cuenta, puede solicitar al SRI la suspensión de la orden de débito al correo recaudacion@sri.gob.ec ese mismo día o hasta máximo las 10:00 del siguiente día hábil de la fecha máxima de pago detallada en su comprobante electrónico. Si el pedido es aprobado se solicitará al contribuyente que entregue la petición respectiva en las oficinas de Secretaría del SRI a nivel nacional, de acuerdo al formato publicado en el portal del SRI.
2. En el caso de que los valores hayan sido debitados de la cuenta o se cancelaron con otras formas de pago, el contribuyente podrá ingresar un reclamo de pago indebido o una solicitud de pago en exceso, que será tramitado de forma ágil en cualquier oficina del SRI a nivel nacional, de acuerdo al formato publicado en el portal del SRI.
Su trámite será resuelto dentro de 72 horas, conforme lo establecen los artículos 122 y 123 del Código Tributario.
Fuente: sri.gob.ec
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